¿Vive atrapado en un laberinto de deudas? ¿Siente el ahogo diario de las llamadas, los intereses y la desesperanza? La Ley de Segunda Oportunidad (EPI) es un derecho, y estamos aquí para ejercerlo por usted.
La Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) no es un parche temporal, es una cancelación legal y definitiva de sus deudas. Nuestro gráfico representa cómo esta ley transforma su situación, convirtiendo un futuro financiero ahogado por las deudas en un camino despejado.
Este proceso le permite reiniciar, eliminando la carga que le impide avanzar.
IGIC incluido
Hemos simplificado el camino hacia su libertad financiera con un precio fijo y transparente que cubre los trámites esenciales ante el Juzgado de lo Mercantil.
Creemos en un servicio claro. Sin sorpresas. Esto es lo que cubre nuestro precio fijo y lo que deberá gestionar por su cuenta.
Es un experto (abogado o economista) nombrado por el Juez para supervisar el proceso, asegurar el cumplimiento de la ley y proteger los intereses de los acreedores en el marco del concurso.
¿Tiene preguntas generales sobre la Ley de Segunda Oportunidad, el proceso o el EPI? Pregunte a nuestro asistente virtual para obtener respuestas informativas y rápidas.
Sí, es real y legal. Gracias a la Ley de Segunda Oportunidad, puedes conseguir la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI). Si cumples los requisitos de buena fe e insolvencia, el juez ordenará el borrado definitivo de tus deudas, permitiéndote empezar de cero.
No necesariamente. La reforma de la Ley permite elegir una modalidad con plan de pagos que está diseñada específicamente para proteger tu vivienda habitual. Analizaremos tu caso para ver si es viable salvar tu hogar mientras cancelas el resto de deudas.
Desde el momento en que presentamos la solicitud y se admite a trámite, se paralizan los embargos y cesa el acoso. Las agencias de recobro tienen prohibido contactarte, dándote un respiro inmediato y tranquilidad mental.
Los requisitos básicos son: ser insolvente (no poder pagar), actuar de buena fe (no haber ocultado bienes), no tener antecedentes penales socioeconómicos graves en los últimos 3 años y que la deuda no supere los 5 millones de euros.
Sí. La ley actual permite exonerar hasta 10.000€ de deuda con Hacienda y otros 10.000€ con la Seguridad Social. Para el resto de la deuda pública, se puede establecer un plan de pagos fraccionado muy ventajoso.
Por supuesto. Una vez el juez dicta la exoneración (el perdón de las deudas), ordenamos la baja inmediata de tus datos en todos los ficheros de morosidad. Podrás volver a pedir financiación, alquilar un piso o tener tarjeta de crédito.
Sabemos que si estás aquí es porque tu situación es difícil. En Alcántara Abogados ofrecemos facilidades de pago y cuotas mensuales adaptadas a tu realidad. Piensa que el coste del procedimiento es una inversión mínima comparada con el ahorro de cancelar todas tus deudas para siempre.
Con la reforma de la ley, los plazos se han acortado mucho al eliminarse pasos previos innecesarios. Aunque depende de cada juzgado, la media actual suele estar entre 6 y 12 meses para obtener la liberación definitiva.
Muchas dificultades económicas comienzan con un problema laboral. Si has sufrido un despido injusto, impagos de nóminas, acoso laboral o necesitas revisar tu contrato, no estás solo.
En Alcántara Abogados somos expertos en defender al trabajador frente a la empresa. Garantiza tu indemnización y protege tu futuro profesional con especialistas dedicados exclusivamente al Derecho Laboral.
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